¿Qué implica el reconocimiento del Estado palestino por España?

Aritz Obregón Fernández, Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea

Este 28 de mayo de 2024 España, Irlanda y Noruega se han unido a los 143 Estados que ya han reconocido al Estado palestino, desmarcándose así del reducido grupo de 46 Estados que no lo reconocen, en su mayor parte occidentales y entre los que destacan tres miembros permanentes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas: Estados Unidos, Francia y Reino Unido.

El presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, durante la declaración institucional sobre el reconocimiento del Estado de Palestina. La Moncloa, Madrid, 28.5.2024. Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa

Pero ¿qué implica el reconocimiento de un Estado? ¿Qué significa eso para Palestina? ¿Y para España? A nivel general, el reconocimiento de un Estado es un acto jurídico libre, discrecional, de cada Estado, habitualmente decidido por el gobierno estatal, que puede adoptar diferentes formas: implícito o explicito, individual o colectivo, recíproco o unilateral.

Según el Instituto de Derecho Internacional, el reconocimiento supone la afirmación de “la existencia sobre un territorio determinado de una sociedad humana políticamente organizada, independiente de cualquier otro Estado existente, capaz de observar las prescripciones del Derecho Internacional” y, por tanto, una declaración “de considerarlo como miembro de la Comunidad Internacional”.

Mediante el reconocimiento, el Estado que realiza este acto jurídico afirma los derechos y obligaciones que le corresponden al Estado reconocido como miembro de la comunidad internacional.

Aunque en puridad el reconocimiento solo tiene efectos jurídicos para el Estado que reconoce y el reconocido en lo que respecta a cuestiones tales como el establecimiento de relaciones diplomáticas plenas o la celebración de tratados bilaterales, en la práctica facilita la inclusión del Estado reconocido en la “actividad ordinaria” de la comunidad internacional. Por ejemplo para la ratificación de tratados internacionales multilaterales, adhesión a organizaciones internacionales, participación en foros de concertación política y un largo etćetera.

En todo caso, siempre se deberán observar las pocas, pero importantes, normas imperativas del derecho internacional. Por ejemplo, no se podría reconocer un Estado surgido a partir de una intervención ilícita, como sucede con la República Turca del Norte de Chipre.

¿Es una cuestión meramente simbólica?

Palestina cuenta con el reconocimiento cuasiuniversal de los Estados de la comunidad internacional. No tiene un problema de reconocimiento, sino de los elementos tradicionalmente aceptados para sostener la existencia de un Estado: un territorio, una población y un gobierno. Esto ha llevado a que los críticos con esta decisión cuestionen la efectividad del reconocimiento o lo consideren meramente simbólico.

Sin embargo, estas consideraciones no superan un contraste con la realidad. A pesar de la situación de ocupación militar y de apartheid que sufre Palestina, los reconocimientos estatales han reforzado su posición hasta el punto de que en los últimos años se ha ido integrando con más o menos normalidad en la comunidad internacional. En otras palabras, lleva varios años actuando internacionalmente como lo hacen los Estados.

Así, por ejemplo, desde 2011 es miembro de pleno derecho de la UNESCO, desde 2012 es Estado observador de Naciones Unidas y desde 2015 es Estado parte del Estatuto de la Corte Penal Internacional, así como de otros importantes tratados multilaterales.

Por si existieran dudas, 143 Estados, por medio de la Resolución de la Asamblea General de este 10 de mayo, han afirmado de forma categórica que Palestina cumple las condiciones exigidas para ser miembro de Naciones Unidas. Esto es, es un Estado “amante de la paz” que acepta las obligaciones de la Carta de Naciones y está capacitado y dispuesto para hacerlo.

Hoy por hoy, lo único que impide que se incorpore como miembro de pleno derecho de Naciones Unidas es el veto de Estados Unidos en el Consejo de Seguridad.

Ocho estados de la UE ya lo han hecho

El reconocimiento expreso y unilateral de España supone una adición más a la larga lista de Estados que ya han reconocido el Estado Palestino. En este sentido, no resulta novedoso, ni siquiera en el contexto europeo: ocho Estados de la Unión Europea ya lo hicieron en el pasado.

A nivel jurídico, tampoco puede considerarse que el reconocimiento de España sea determinante. Como hemos apuntado, Palestina ya ha comenzado a participar internacionalmente con relativa normalidad.

Asimismo, debemos tener presentes los límites de este reconocimiento. La decisión española no está dirigida, ni podría contribuir, a detener los crímenes internacionales que Israel está cometiendo en Gaza o a garantizar la viabilidad práctica del Estado Palestino. Para ello se necesitan de otras medidas y de la intervención de otros actores con capacidad de influencia sobre el gobierno israelí.

La importancia del pronunciamiento se deriva del contexto en el que se produce. En un escenario en el que es más factible vislumbrar la desaparición de Palestina que la destrucción del Estado de Israel y la solución de los dos Estados está más que cuestionada, el reconocimiento de Palestina supone un respaldo político a esta vía, percibida por un gran número de Estados como la única manera de resolver el conflicto palestino-israelí.

En este sentido, la declaración española también supone un respaldo político a la Organización para la Liberación de Palestina y la Autoridad Nacional Palestina, defensores de la solución de los Estados frente a otros actores palestinos.

Las implicaciones

Para España, a nivel interno, el reconocimiento no es un asunto controvertido: según el reciente barómetro del Real Instituto Elcano, el 78 % de la ciudadanía considera que los Estados europeos deben reconocer ya a Palestina.

A nivel internacional, implica riesgos y oportunidades. Por un lado, España tendrá que enfrentar la reacción israelí. Además de las previsibles medidas de carácter diplomático, podemos encontrarnos con otras que atenten contra la soberanía del Estado o normas internacionales, como la ilícita prohibición de servicio consular a palestinos.

Por otro lado, la decisión proyecta al resto de Estados, especialmente al heterogéneo Sur Global, imagen de coherencia, de universalismo: España apoyaría a Palestina y a Ucrania por igual. Más allá de que en la práctica existen grandes diferencias en las medidas tomadas y la manifiesta incoherencia si se contrasta con el abordaje de España del asunto de la descolonización del Sahara Occidental, esta percepción supone una oportunidad más para que España se sitúe como un interlocutor privilegiado entre los Estados latinoamericanos y caribeños y los Estados europeos y occidentales.The Conversation

Aritz Obregón Fernández, Doctor en Derecho internacional, Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation.