Reblog desde el Cuaderno de Cultura Científica
Iñigo de Miguel Beriain, investigador del Grupo de Investigación en Ciencias Sociales y Jurídicas aplicadas a las Nuevas Tecnociencias de la UPV/EHU, ha publicado un artículo en el que se aporta una perspectiva legal para ayudar a identificar una definición universalmente aceptable de embrión, lo que podría facilitar y unificar su regulación en diferentes países. Así, se propone que cualquier célula o grupo de células celular con la capacidad inherente de desarrollarse hasta dar origen a un ser humano debería considerarse embrión.
La biotecnología puede contribuir decisivamente a mejorar el conocimiento y control de las primeras etapas de la vida humana. Sin embargo, este escenario genera controversias desafiantes desde el punto de vista ético y jurídico. No en vano, pocos temas biotecnológicos son más controvertidos que los relacionados con los embriones humanos. Sin embargo, hay un aspecto que permanece poco explorado en los debates recientes. Aunque el estatus moral del embrión ha sido una cuestión crucial en las discusiones públicas, la delimitación precisa de lo que es un embrión humano y su distinción de otras entidades similares ha adquirido una importancia primordial. No se trata de un problema meramente semántico, sino normativo, que tiene importantes consecuencias prácticas para la investigación.
En ese sentido, diversos avances científicos y tecnológicos en biología reproductiva han obligado a revisar la definición de embrión humano en las dos últimas décadas. La posibilidad de generar embriones humanos a través de procedimientos diferentes a la fecundación, como la transferencia nuclear, y el desarrollo de las tecnologías que hoy en día permiten generar modelos celulares capaces de imitar estructuras embrionarias han puesto en tela de juicio el término científico de embrión, lo que tiene repercusiones tanto éticas como jurídicas.
“Los desarrollos tecnológicos plantean a veces la necesidad de repensar categorías conceptuales que en otros momentos se daban por sentadas. Ahora mismo ya no es posible sostener que un embrión es siempre y solo el resultado de una fecundación”, afirma de Miguel.
Iñigo de Miguel ha publicado junto con Jon Rueda, de la Universidad de California-San Diego, y Adrián Villalba, de la Universidad de Granada, un artículo en el que reflexionan sobre diferentes definiciones jurídicas de un embrión humano y aportan una definición sólida desde una perspectiva legal. “En el artículo se sugiere una visión alternativa, en la que cualquier estructura celular que tenga la capacidad de desarrollarse hasta dar origen a un ser humano nacido debería considerarse un embrión y que esta capacidad debería ser el eje sobre el que se construya la definición, como ya se hace en algunos países, por cierto, y como ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.
Según señala de Miguel, “una definición jurídica universal y generalmente aceptada de embrión contribuiría a aliviar la inseguridad jurídica y a armonizar las normativas”. “Nuestra reflexión pretende contribuir a consolidar un concepto de embrión que sea más capaz de hacer frente a los retos que plantean los avances de la biotecnología”, añade, y a su vez señala que “puede tener repercusiones legales a la hora de afianzar un sistema jurídico más coherente que el que existe ahora mismo, capaz de conectar la idea de embrión con la de ser humano nacido (que es la que en Derecho define a la persona)“.
De Miguel considera que esta definición ”también servirá para subrayar que existe un debate previo al que tradicionalmente se ha formulado en torno al embrión, su estatuto moral, que es el que tiene que ver con la propia definición de embrión. Antes de discutir qué protección merece, tenemos que decidir qué es y qué no es un embrión, porque no es lo mismo una estructura incapaz de culminar un proceso de transferencia por un defecto en su ADN que otra que sí puede hacerlo, por ejemplo”.
Referencia:
Iñigo De Miguel Beriain, Jon Rueda & Adrian Villalba (2024) Re-defining the human embryo: A legal perspective on the creation of embryos in research EMBO Reports doi: 10.1038/s44319-023-00034-0
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